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Seguros

 

Las compañías de seguros pueden cubrir los distintos riesgos que nos encontrarnos en nuestra vida cotidiana a cambio del pago de una determinada prima.

 

Las compañías de seguros pueden cubrir los distintos riesgos que nos encontrarnos en nuestra vida cotidiana a cambio del pago de una determinada prima.

Para ello, si dispone Ud. de una póliza de seguro en donde se cubra el riesgo, debe Ud. reclamar los importes y las garantías contratadas. No obstante, note que es frecuente que las condiciones generales -redactadas unilateralmente por las compañías aseguradoras- ofrezcan dudas sobre si la contingencia está realmente asegurada, su cuantía, o directamente si contiene exclusiones ilegales o, también llamadas cláusulas limitativas de los derechos del asegurado (nulas). 

En TORO PUJOL ABOGADOS nos comprometemos a tramitarle lareclamación extrajudicial o judicial de cualquier seguro en su importe máximo frente a un incumplimiento de la Compañía de Seguros, estudiando pormenorizadamente el clausulado de las condiciones generales y particulares. 

Por si fuera de su interés, le informamos que la regulación esencial viene definida en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro y ésta distingue entre los contratos de seguros contra daños y entre los seguros de personas.
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